viernes, 23 de mayo de 2014

El trabajador debe decidir la modalidad de pensión de forma racional y bien informado.  Racional,  porque el trabajador debe evaluar la demanda de recursos que requiere la familia, la evolución de esa demanda en el tiempo, las diferentes propuestas de pensión que llegaran de las compañías de seguro así como la AFP.  Estas propuestas se hacen llegar a través de un mecanismo seguro y transparente, el cual asegura al trabajador la mejor propuesta de cada entidad.  Cada compañía de seguros y la misma AFP compiten entre sí por ofrecer la mejor pensión.
La modalidad que siempre tendrá el trabajador como opción es el Retiro Programado, esta modalidad es la que ofrece la AFP donde se encuentra el afiliado el futuro pensionista.  En esta modalidad, el afiliado conserva la propiedad de  los fondos ahorrados, la pensión se entrega a través retiros mensuales contra el saldo de dicha cuenta; el fondo, propiedad del pensionista, continua ganando la rentabilidad del fondo Tipo I.  La pensión en esta modalidad  se entrega en soles, cada año se recalcula y en dicho momento se tiene la opción de migrar al Fondo II. Lo interesante de esta modalidad es que el afiliado puede escoger en el momento que desee, cambiar a otras modalidades de pensión ofrecidas por las compañías de seguros o cambiar su fondo a otra AFP, en otras palabras, es una modalidad revocable.
Otra modalidad es la Renta Vitalicia, en este caso, el afiliado decide trasladar el fondo a la compañía de seguro que el mismo afiliado elige, es decir, el afiliado vende el fondo y como compensación recibe una pensión vitalicia.  El afiliado tiene la opción de seleccionar esta pensión en soles, en dólares o combinando ambas monedas, con lo cual el futuro pensionista puede manejar el riesgo cambiario.  Por otro lado, el monto de la pensión de renta vitalicia es habitualmente menor al compararlo con la pensión de retiro programado.
La tercera forma de pensión es la denominada, Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, en esta modalidad el afiliado recibe una fracción de la pensión a través de la AFP por un determinado periodo (máximo dos años), posteriormente, recibirá una pensión vitalicia otorgada por la compañía de seguros para el resto de su vida. Generalmente durante el periodo que recibe la pensión de la AFP, el jubilado recibirá una pensión mayor a la que recibirá durante el periodo que la compañía de seguro pague la pensión.  Esta modalidad es aconsejable para las familias que tienen una carga financiera mayor durante los primero años, como cargas de universidad de hijos, hipotecas y otros.
El SPP ofrece al afiliado otras modalidades adicionales, sin embargo estas tres son las elementales y principales que ayudan a los afiliados a tener una visión de las posibilidades con las que cuenta.  Incluso existe la modalidad de recibir pensión con gratificación.
Tanto Renta Vitalicia como Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, son modalidades que son irrevocables; es decir, una vez que se tome la decisión de migrar el fondo a una compañía de seguros, no se puede dar marcha atrás.  Finalmente, la pensión en el SPP otorga el beneficio de seguro de salud lo que ofrece un beneficio adicional a los futuros pensionistas.
Tomado de: Gestión.pe, por Gonzalo Bernal

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